La Ley 31/1995, de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, recoge de manera específica, la adopción de medidas preventivas para las trabajadoras embarazadas y durante el periodo de lactancia natural.
En el artículo 14.5 de dicha Ley, señala que el coste de las medidas preventivas adoptadas no deben recaer en modo alguno sobre los trabajadores; es decir, conservar el derecho al conjunto de retribuciones del puesto de origen.
El SIMPA está defendiendo el pago de todas las retribuciones durante el Riesgo en el Embarazo, la Maternidad y el Periodo de Lactancia. De esta forma se lo ha hecho llegar a todos los grupos políticos del arco parlamentario asturiano, y al Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Cualquiera en esta situación, en los últimos 4 años, que contacte con la Asesoría Jurídica del SIMPA para defender sus derechos.