Es de esperar que el lunes 3 de Diciembre se publique en BOPA la Resolución de 29 de Noviembre de la Dirección Gerencia del SESPA, por la que se modifica el Pacto sobre contratación de personal temporal y sobre promoción interna temporal del personal del Servicio de Salud del Principado de Asturias. Como sabéis, la actualización de las bolsas dependía de aprobar y publicar esta importante modificación del Pacto de contrataciones. Esta modificación, tras un proceso tormentosos en Mesa de Negociación durante el verano, al final fue ratificado el día 26 de Septiembre en Mesa General, y se h tardado dos meses por la Administración en poner a punto el soporte informático.
Voy a intentar responder a las preguntas más habituales sobre esta modificación, de la forma más sencilla que pueda.
¿CUANDO van a poder actualizarse los méritos? Al día siguiente a la publicación de las modificaciones del Pacto, el día 4 de Diciembre está previsto que se publique en BOPA el procedimiento de actualización de méritos, que en realidad constará de dos partes bien diferenciadas:
1.- UN PROCESO EXTRAORDINARIO, que se inicia el 5 de Diciembre hasta el 5 de Enero, en el que computarán los méritos generados entre la última actualización (31 de Diciembre de 2016) y el 31 de Octubre de 2018. Este periodo es el que esperamos se resuelva en el primer trimestre, y dará lugar a las listas actualizadas para generar los contratos “anuales” (hasta 31 de Diciembre) que se den allá por Abril o Mayo del 19, cuando finalice la prórroga de los que acaban este año a 31 de Diciembre. Es por tanto un periodo de transición, en que se valoran de una forma digamos “tradicional” los méritos hasta 31 de Octubre. Se ha elaborado un tutorial sobre el procedimiento, que podéis consultar enm uestra web.
2.- La actualización CONTINUA, con cortes periódicos para crear los listados, comenzará cuando termine este proceso extraordinario, y significa que los méritos:
- Se aportan cuando se generen, en cualquier apartado y en cualquier momento. Los servicios prestados en el SESPA se incluyen de oficio, todo lo demás hay que ir aportándolo. Se introduce online, a la vez se remite documentación acreditativa y cuando el SESPA valida el mérito, lo va incorporando al expediente.
- Dos veces al año (Noviembre y Abril, el primero ordinario será en Noviembre del 2019) el SESPA genera y publica un listado de demandantes con méritos Para garantizar que todos los méritos hayan sido validados, sólo se incluyen los generados hasta dos meses antes del corte (es decir, hasta el último día de febrero y de septiembre, respectivamente). Habrá lógicamente un periodo de 10 días para reclamar el listado provisional.
¿Cambia también el sistema de inscripción en bolsa? NO, al inscribirte y hasta la primera actualización, al igual que ahora, se computará sólo el apartado I (formación) y se entra en bolsa el día 16 del mes siguiente a la inscripción con esos puntos. Si coincide que te inscribes ahora durante la actualización extraordinaria, lógicamente puedes meter todos los apartados. Cuando se abra el sistema de actualización continua, igualmente te inscribes con el apartado I pero podrás ir metiendo méritos continuamente, y cuando se efectúa el corte semestral ya saldrás en el listado con todos.
A quienes sí les cambia el sistema para inscribirse es a los facultativos residentes cuando finalicen su residencia. Sabéis que hasta ahora, como no podían entrar en bolsa hasta ser especialistas, lo que se hacía cuando acababa era ofertarles nombramientos disponible son un criterio de edad. Pues bien. a partir de ahora, durante el mes previo la finalización de la residencia podrá aportar los méritos del apartado I y con ellos configurar un listado provisional que se usará para adjudicar los contratos disponibles… Es el sistema utilizado este año por primera vez, y es m.as justo que meramente el criterio cronológico.
¿Qué cambia respecto a la elección de Áreas?. Las Áreas de interés, pueden ser cambiadas cada mes de Enero, como siempre. Sabéis que para los FEAs (y Farmacéuticos de AP) los contratos de larga duración pueden ser ofertados como mejoras de empleo si has escogido el área, no importa el orden de elección. Este esquema general se modifica en el documento actual en una parte: la Administración quiere que cuando alguien llega a Interino en plaza vacante en su Area preferente ya no pueda cambiar (excepto que cambie la preferencia de su Área cuando toque, claro). Este punto el SIMPA logró limitarlo a las Áreas centrales: III, IV, V, VII y VIII. Así, si tu Area preferente es la IV se te ofrecerán sucesivos contratos si tienes derecho a ellos, pero cuando te nombren interino en el Area IV ya no se te ofrecerán más, salvo que en Enero cambies el Área principal en cuyo caso sí te pueden ofrecer cambiar. En Áreas periféricas I, II y VI si te ofrecerán como hasta ahora contratos de mejora en las Áreas que haya elegido, aunque esté como interino en su principal.
¿Qué cambia en los Anexos? Estas modificaciones si son importantes porque afectan directamente a la puntuación. Se producen cambios en todos los apartados.
1.- Apartado 1 (Formación). Dos cambios:
1.1. Se introduce un nuevo subapartado, pasando el 1-A-5 a valorar ahora
“Licenciatura/Diplomatura/Grado en el ámbito de Ciencias de la Salud, no calificados en los apartados previos.”. Está dirigida a valorar el esfuerzo del que tiene una segunda Licenciatura, diplomatura o grado (raro pero no imposible).
1.2. El antiguo 1-A-5 ahora pasa a denominarse 1-A.6, referido a los títulos universitarios propios (Master Titulo propio, Experto o Especialista universitario) y presenta un cambio importante: SE LIMITA EL VALOR ANUAL que puede valorarse a 1 punto y el valor absoluto de este subapartado a 4 puntos. Para computar estos valores, se tendrá en cuanto la fecha de obtención del titulo. Muy importante: SE REBAREMARÁ el apartado, o sea que aquellos que hayan obtenido varios título el mismo año por una cantidad superior al punto, la verán reducida.
Esta modificación fue un casus belli para la Administración: quería reducir el valor sí o sí. Su posición se debía a que llevaban detectando, en el año de vida de las listas, un gran número de FEAs (si, FEAs, en los 17 años de bolsas que lleva no pasó con otras categorías) que habían obtenido una cantidad de titulos propios increíble en apenas unos meses (incluso imposible materialmente de cumplir las horas que se acreditaban). Preguntada en alguna Universidad alegre expendedor a de títulos como alguien podía hacer tres o cuatro masters en un par de meses, la respuesta fue épica “pagando las Tasas, señor”. Así que entre el mercantilismo de (alguna) Universidad y el utilitarismo descontrolado de muchos, las listas dejan de ser un elemento que refleja y mide el esfuerzo y se convierten en un mercado persa de puntos …
¿No es un recorte muy drástico? Sí, pero la Administración en su cabreo quería 0,5 puntos anuales y máximos de 3… nos costó muchas horas que se calmara y conseguir arrancar un poco más.
NOTA.- En el Anexo IV, Urgencias hospitalarias y SAMU, que en el Apartado I añade a ciertos títulos específicos unas puntuaciones adicionales por horas, el limite de 1 punto y 4 puntos se aplica al valor nominal, independientemente de esa puntuación adicional por horas, que sigue añadiéndose.
¿Se modifica le apartado 1-A-2, que valora los másteres oficiales incluidos en el RUCT? No, los másteres oficiales puntúan lo mismo, así como el resto del Apartado I. Igualmente, la puntuación máxima del Apartado I completo sigue siendo 10 puntos
Apartado 2.- Cursos de Formación continuada.
Esta ha sido una de loa grandes batallas en la negociación, porque CCOO, UGT y SAIF/USIPA querían reducir el peso de la formación continua y dejarlo en un mínimo igual para todas las categorías, lo que desde el punto de vista de SIMPA y SATSE es una aberración. Esto en realidad tiene un fondo electoral, y retrasó mucho el acuerdo de actualización. Ha quedado con un valor máximo de 50 créditos en el grupo A1 (Facultativos), y 35 en el A2 (EMFERMERÍA).
Además del cambio en el límite, se cambia el valor del crédito para que el valor anual límite sea homogéneo entre categorías (0,35 puntos/año). Para nosotros: cada crédito (CFC) vale 0,007 puntos, lo que para un tope de 50 créditos hace un limite anual de 0,35 puntos y se marca un absoluto de 6 puntos (o sea, 17 años introduciendo el máximo).
Este cambio de valor del crédito genera una desigualdad entre los que obtengan créditos a partir de ahora y los que ya los tenían. Es decir, con el mismo esfuerzo ahora se sacan más puntos… no parece equitativo. Por ello se rebaremará, como todo, y se aplicará a los créditos “antiguos” que ya estaban en bolsa una fórmula matemática bastante liosa pero en el todo muy simple: sumarles la diferencia entre los créditos antiguos y los nuevos. Para ello los crédito “antiguos” se multiplican por 0,075, y esto da una puntuación adicional a sumar a la previa. Esta puntuación adicional tiene igualmente unos limites anuales de 0,26 y total de 4,5. Todos los créditos “nuevos”, obtenidos a partir de ahora, ya valen 0,007 para todos.
En cuanto a la calidad de los cursos, siguen reconociendo los CFC (con equivalencia si es en horas 1 crédito =10h) y ya reconoce explícitamente los ECTS (1 crédito ECTS =25 horas), con un valor 2,5 veces superior. Además, también a petición nuestra, explicita que los créditos internacionales CME pueden ser valorados siempre que sean convertidos s cerditos CFC pro al SEAFORMEC. Para el que aún no conozca este servicio, puede encontrarlo gratuitamente en la web del del Consejo de Colegios de Médicos de España, y pueden enviar vía web tus créditos CME para que te envíen el certificado e equivalencia CFC. La dirección es http://www.cgcom.es/seaformec/solicitud_creditos_uems.php
3.- Servicios prestados: En este apartado, dos cambios muy puntuales:
1.- Se introduce un apartado para valorar el trabajo de los investigadores que trabajan dentro de loa contratos de investigación firmados con el Instituto de Salud Carlos IIII, con una puntuación equivalente al de “otras categorías”.
2.- En el Apartado IV (Médicos de Urgencia Hospitalaria y SAMU) se escinde definitivamente las categorías: para nombramientos de Urgencias Hospitalarias, únicamente computan en la misma categoría (0,004 puntos/día) los Servicios prestado como Médico de Urgencias Hospitalarias (no intensivos ni otras). Para SAMU siguen computando en la misma categoría ademas del propio SAMU, Urgencias y cuidados intensivos
Caber Resaltar en este punto que hemos defendido en todas las Mesas la equiparaciones puntuación del trabajo facultativo en el Hospital de Jove, pero la respuesta ha sido categórica, tanto de la Administración como del resto de sindicatos: NI HABLAR. A JOVE, NO.
4.- Apartado 4: Otros méritos
En este apartado, varios cambios
1.-Apartado 4 A) Publicaciones: se modifican la puntuación global y de capitulo de libros, se permiten hasta 3 capitulo y se diferencia los libros específicos realizados por residentes. Queda asÍ:
Libros Completos | 2 puntos |
Publicación como primer autor | 0,50 puntos |
Autor de Capítulo de Libro (Máximo tres capítulos por cada libro) | 0,40 puntos |
Publicación como segundo autor,o último firmante | 0,30 puntos |
Autor de Capítulo de libro específico realizado por Residentes, o tercer autor | 0,20 puntos |
Cuarto autor en adelante | 0,10 puntos |
La puntuación anual máxima es del 2 puntos con una puntuación absoluta de 4.
2.- Apartado 4 B) Ponencias y Comunicaciones. Se intenta clarificar quienes pueden realizar reuniones y acreditar las comunicaciones. La vieja redacción queda sustituida por esta:
“Únicamante se considerarán las realizadas o presentadas en Congresos y Jornadas organizados por Sociedades Científicas de ámbito autonómico o pluriregional, que se encuentren registradas como asociación, o bien por la Sociedad nacional, Europea, Mundial o Norteamericana de la especialidad.”
3.-Apartado 4 C) Proyectos de Investigación.
Se modifican tres aspectos:
1) Solo se evaluarán proyectos ejecutados
2) Ademas de Agencias acreditadas, pueden promoverlos Sociedades científicas
3) El factor limitante del reconocimiento es que sean financiados con fondos públicos, total o parcialmente. Se excluyen los financiados completamente con fondos privados.
4.- Apartado 4 E) Actividad docente universitaria..
Se introduce un nuevo ítem: “Colaborador de honor o profesor externo”, al que se le da una puntuación de 0,1 por año.No es mucho, pero bienvenido sea que se introduzca de una vez este tipo de colaboraciones…
5.- Apartado 4. F) Actividad docente en la formación de especialistas… Se retira el “Colaborador de honor” que no pintaba nada porque era una figura que ni existía en este grupo.
6.- Apartado 4 H) ( apartado nuevo).
Se reconoce en él la puntuación por haber aprobado la fase de oposición de una OPE convocada por el SESPA en al misma categoría. Se premia así el esfuerzo de quien la prepara, aunque al final no pueda obtener plaza. Se le reconoce un 1% de la puntuación, máximo 1 punto, y puede actualizarse si obtienen más en otra OPE posterior.
OTROS CAMBIOS
Los siguientes cambios ya no tienen la importancia de los anteriores, sobre todo para facultativos, pero pueden tener su valor:
¿QUE cambia en la gestión De las llamadas?
Por lo que respecta a FEAs poca cosa, seguirán teniendo que flexibilizar y adaptar las llamadas, no obstante se regula el procedimiento de una forma más precisa, y a instancia nuestra se introduce por fin un sistema un poquito más moderno como es la mensajería.
Cosas importantes:
- Se permite SOLO UN NUMERO DE TELÉFONO
2.- Para las llamadas urgentes, no hay plazos: si no se responde, pasa al siguiente.
3.- Para las no urgentes -la mayoría- se llamará DOS veces con un intervalo de diez minutos.
- Si no hay respuesta, se enviaran SMS dando 2 HORAS de plazo para responder
- Si no hay respuesta en esas 2 horas, hacen una última llamada.
- Si en 3 días diferentes se llama a una misma persona y no se la localiza, se le da de baja temporal en la bolsa. Como ya sabéis, normalmente los plazos suelen ser flexibles dentro de un orden, por lo que lo más práctico es contestar.
¿QUÉ CAMBIA EN EL RÉGIMEN SANCIONADOR?
Este es uno de los puntos en que aún hay mucho por mejorar. Siguen existiendo sanciones, pero actualmente para FEAs, no las están aplicando. Hemos pedido que se incorpore al Pacto la ausencia de sanción para facultativos, pero por ahora no se ha conseguido. Pueden sancionar, pero es muy poco probable, Lo que cambia la actual modificación es poca cosa:
1.- Si estás suspendido o dando de baja en bolsa pro un expediente, no puedes pedir cambio de Área
2.- No hay sanción por renuncia a un nombramiento después de un año en el puesto (actualmente son tres años).
3.- Se especifican plazos de prescripción de las faltas, que los marca el Estatuto Marco (Las faltas muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.)
¿Que se modifica respecto a la Promocion interna? En este apartado, las principales modificaciones que afectan a los facultativos son:
1.- Los facultativos NO PUEDEN hacer efectivo al promoción hasta DOCE meses después de inclusión en la bolsa como demandantes de promoción interna. Esto es consecuencia, como sabéis, del problema que supuso los Pediatras de AP que pidieron CS a Pediatria hospitalaria, y dejaron las centros de salud el Area VI descubiertos…
2.- Se seguirán ofertando todos los nombramientos superiores a un mes, primero a promoción interna, en concreto prioridad a tipo A (dentro del Área donde tiene la plaza; tienen su propia bolsa local) y luego a la promoción interna B (En otro Area; están inscritos en la bolsa general correspondiente de la categoría). Si no se cubren, pasará, a cubrirse por lista general. En otras categorías, se ha acordado sacar sólo el 50% de los contratos, pero para facultativos siguen siendo todos..
3.- En la modalidad B; puede n solicitarse varias Áreas y categorías (hasta ahora era una sola).
4.- Ceses: tienen un orden inverso a la prioridad de ingreso. Si tiene que cesar, primero cesan los que no tienen promoción interna, y luego, los B y finalmente los A.