Para aclarar la noticia aparecida hoy en diversos medios de comunicación donde varios Sindicatos se atribuyen la novedad de una Sentencia del Tribunal Supremo que va a suponer que los interinos vaya a cobrar carrera profesional en el ámbito del Principado de Asturias, conviene precisar:
Que en virtud de esas sentencias el SESPA hizo una convocatoria para el nivel I para los temporales (interinos y eventuales) de más de 5 años , que por cierto es una vergüenza que esté sin resolver ya que se convocó en abril de año pasado
- Es una sentencia que afecta a la carrera del personal laboral del Principado de Asturias, y no a la del personal estatutario del SESPA.
- Por lo demás el derecho de dicho personal laboral temporal ya había sido reconocido por el propio Principado de Asturias en un Acuerdo de 8 de agosto de 2018 por el que se hizo extensiva la aplicación de la normativa reguladora de la carrera horizontal de los funcionarios del Principado de Asturias al personal laboral con contrato de duración determinada (BOPA de 14 de agosto de 2018).
- El acceso de los facultativos con nombramientos de carácter temporal a la carrera profesional establecida para el personal estatutario del SESPA se consiguió por primera vez en virtud de una sentencia que afectaba a una afiliada en litigio defendido por la Asesoría Jurídica del SIMPA, que ha supuesto posteriormente que más de doscientos profesionales con nombramientos temporales cobren o vayan cobrar el primer grado de carrera profesional desde la misma fecha que el personal con plaza propiedad que participó en la convocatoria de junio de 2016.