El editorial de LNE de este fin de semana, parte de premisas falsas claramente manipuladas por distintos sectores más interesados en mantener su status de “amo del cortijo” que en dar respuesta a las necesidades asistenciales, con lo que se distorsiona la realidad de las plantillas y de su provisión. En su argumentación, se asegura que para acceder a una plaza fija no cuentan los méritos y sí la antigüedad. Nada más lejos de la realidad, y para desmontar este hecho baste con leer cualquiera de las convocatorias publicadas en el BOPA de 31 de diciembre de 2008 por la que se anunciaban públicamente el acceso a plazas mediante concurso oposición. En todas estas provisiones de plazas, existe una fase de oposición que es necesaria superar (únicamente conocimientos, no antigüedad), seguida de una fase de concurso en la que sólo el 35% corresponde a experiencia profesional y el 65% restante a méritos.
El SIMPA, no repudia la valoración de méritos, si no que al contrario, la defiende como pilar básico a la hora del acceso al empleo público, en que deben regir los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Una vez demostrada su valía tras superar un proceso selectivo, los procesos de movilidad deben tener en cuenta la antigüedad de manera principal al igual que ocurre en toda la Función Pública para cualquier plaza básica. Recientes sentencias, promovidas por el SIMPA, dan la razón al hecho de que los perfiles (superespecializaciones) deben estar claramente definidos en las Plantillas Orgánicas de los Servicios de Salud, única forma de poder aplicarlos a posteriori en los procesos selectivos o de movilidad. El mérito debe primar en la provisión de plazas, en el acceso al empleo. Es ahí donde el conocimiento discrimina a los mejores, a los más capaces para acceder al sistema, pero una vez ahí la movilidad debe promoverse con criterios de experiencia profesional.
Por último, es responsabilidad del sistema, garantizar la respuesta a las necesidades asistenciales de la población a la que atiende. De manera bidireccional entre Servicios y Administración, debe promoverse la adecuada formación y capacitación de sus plantillas, así como su adecuada provisión con los criterios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad para que nunca pueda ser puesta en duda la capacidad resolutiva del sistema sanitario por el hecho de que los profesionales ejerzan su derecho a la movilidad.
Decía recientemente en LNE un director de una Unidad de Gestión Clínica del HUCA (nombramiento por cierto digital, como todos los de su categoría), que conceder plazas en un proceso de traslados, basándose en la antigüedad, es decimonónico. Independientemente de la licencia retórica de tal aserto, en el siglo XIX no existía una estructura hospitalaria integrada, lo que realmente sí resulta decimonónico es pretender erigirse en único sujeto decisorio sobre quién debe o no acceder a los puestos que se convocan, algo que se asemeja mucho al caciquismo mas rancio que hunde sus raíces en ese siglo.
En todo caso, estas situaciones jamás se darían y la discusión resultaría ociosa, si el Servicio de Salud cumpliera sus reiterados compromisos de hacer convocatorias de movilidad voluntaria y de OPE, con periodicidad bienal, evitando así la cronificación de situaciones de interinidad o eventualidad que son la causa última de estas polémicas.