Una sentencia del Juzgado de lo Social de Mieres dictada el pasado mes desenmascara el intento del CSIF, que es quien llevó la voz cantante en el asunto, de anular la convocatoria de elecciones de representantes del personal laboral hecha en el Area VIII mediante preaviso realizado por CEMSATSE, y en la que resultó elegido un Médico de CEMSATSE, mediante la realización de un nuevo preaviso que dejara sin efecto el anterior. La sentencia deja claro cuestiones que nunca debieron ser objeto de discusión:
- Que la elección se celebró y el candidato de CEMSATSE había sido elegido.
- Que CEMSATSE tiene capacidad para promover elecciones sindicales como Organización Sindical más representativa en el ámbito del SESPA.
- Que el preaviso realizado por CEMSATSE reunía todos los requisitos que la Ley marca para darle efectividad, a diferencia de lo que ocurría con el preaviso realizado por CSIF y otros Sindicatos.
La sentencia anula un laudo que sorprendentemente había dado la razón a CSIF y a los otros Sindicatos que realizaron el segundo preaviso.