Referente a la noticia aparecida en el periódico La Nueva España en el día de ayer “Los médicos dispuestos a ir a las alas puntuarán el doble aunque no sean llamados” donde se afirma que la Consejería de Salud intenta imponer a los demandantes de empleo que figuren en el registro de “alta diponibilidad” una puntuación doble y donde se postula que esa doble puntuación se aplicará a futuros concursos-oposición, aclarar la absoluta inviabilidad legal de tal pretensión o afirmación toda vez que, la Consejería Asturiana, no tiene capacidad para distorsionar la legalidad vigente de carácter nacional donde la baremación se efectúa por tiempo trabajado en igual o distintas categorías sin que esta se vea afectada por la inclusión en registros específicos de nuestra comunidad.
En resumen: ¿Pretende la Consejería de Salud del Principado de Asturias catalogar sus zonas de penosa dificultad para puntuar el doble y dejar a los facultativos de Las Hurdes (Cáceres) sin puntuar? ¿O pretenderá catalogar las zonas de difícil cobertura de comunidades autónomas ajenas sobre las que no tiene competencias?