INFORMACIÓN DE DIAS DE PERMISO PENDIENTES DEL 2.015

En la reunión de la Mesa General de Función Pública, celebrada esta mañana, la Administración presentó “Resolución, por la que fijan las reglas de disfrute de los días adicionales de vacaciones y de asuntos particulares por antigüedad correspondientes al año 2015”,  según el documento adjunto.

El SIMPA manifestó su desacuerdo con esta propuesta, ya que consideramos que se deberían disfrutar en el 2016, o, como máximo, en el 2017. Ningún Sindicato estuvo de acuerdo con la propuesta de la Administración, que impondrá la Resolución que se remite.

1)  Los empleados públicos que tengan derecho a disfrutar de 1 día en total lo disfrutarán en el año 2016.

2)   Los empleados públicos que tengan derecho al disfrute de 2 días en total, disfrutarán de 1 día en el año 2016 y de otro día en el año 2017.

3)   Los empleados públicos que tengan derecho a 3 ó más días dividirán los días totales entre los tres años, disfrutando en cada uno de ellos del mismo número de días siempre que sea posible.

4)   Cuando no sea posible disfrutar en cada año del mismo número de días (por no ser el número total de días múltiplo de tres), el día que reste de la división se disfrutará en 2018 y, si restaran dos días, se disfrutarán en 2017 y 2018, a razón de uno por año.

Los empleados públicos que vayan a cesar su relación con esta Administración antes del 31 de diciembre de 2018, disfrutarán íntegramente de estos días antes de dicho cese, manteniendo en la medida de lo posible el régimen general de distribución de los días, anteriormente descrito.

En todo caso, se respetarán las necesidades del servicio como garantía de la prestación del servicio público correspondiente.

Los   días   adicionales   por   antigüedad,  tanto   de   vacaciones   como  de   asuntos  particulares, correspondientes al año 2015, se equiparan en su disfrute a los días por asuntos particulares.

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