La Audiencia considera que la entonces MIR de primer año incurrió en un delito de homicidio por imprudencia profesional al no valorar el riesgo de ictus que venía descrito en el informe de traslado de la paciente, ni recabar la supervisión de su adjunta antes de enviar a la enferma a su casa. La paciente falleció pocos días después de ser atendida en el servicio de Urgencias por la hoy condenada. .
Los hechos que se juzgan se remontan a 2011, cuando la paciente tenía 78 años y antecedentes de accidente isquémico, ocurrido en agosto de 2010. Acudió al Servicio de Urgencias del Hospital de León el día 11 de febrero de 2011 por sufrir un síncope mientras realizaba la compra.