La forma en la que las administraciones se relacionan con las empresas privadas sanitarias son los conciertos. Los hay concretos para pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos. Otros son para prestaciones, como por ejemplo la diálisis. Están, además, los acuerdos singulares, en los que las infraestructuras privadas entran dentro de la planificación pública, porque se entiende que los recursos públicos no son suficientes.