Decálogo de SERVICIOS MÍNIMOS para la HUELGA convocada los días 9, 10, 11 y 12 de Diciembre

Aunque el SESPA han vuelto a enviar normas a las distintas gerencias sobre los Servicios Mínimos, las dudas persisten, y es preciso recordar nuestros propios consejos de actuación:

  1. La huelga comienza con carácter general a las 8:00 horas del Martes 9 de Diciembre y termina a las 8:00 horas del Sábado 13. Incluye a cualquiera que inicie la jornada a lo largo de esos días (por ej, los que inicien jornada a lo largo de la tarde) y hasta que termine (por ej, si por alguna razón el cambio guardia el Sábado 13 se retrasara a las 10:00 am, hasta esa hora).
  2. Los mínimos son designados NOMINALMENTE. Una vez eres notificado, no puede intercambiarse con ningún otro compañero, por más que haya personal suficiente en el servicio. Hacerlo significaría que el compañero está supliendo a un huelguista y eso no puede hacerse. Estás designado para todo el tiempo de tu jornada que te corresponda (ordinaria, guardia o ambas si así fuera). Para las actividades voluntarias (pej programas de tarde) no deben designarse mínimos.
  3. Un mínimo está designado para hacer el trabajo que tiene programado ese día. BAJO NINGÚN CONCEPTO PUEDE HACER EL TRABAJO DE UN HUELGUISTA. En nuestra profesión todo esto se ve matizado porque debemos dar prioridad en la asistencia a lo URGENTE O NO DEMORABLE. Si la actividad programada es distinta a la habitual, bien porque excede los límites establecidos o bien porque tenga que atender además urgencias o imprevistos, PUEDE DETERMINAR LA PRIORIDAD EN BASES A CRITERIOS CLÍNICOS, de forma que su actividad nunca se vea sobrepasada. Es decir, si el volumen de pacientes urgentes excede a lo habitual, tendrá que remitir para posterior asistencia la parte proporcional de programados (“lo urgente quita tiempo a lo importante”). Surgen dudas en hospitalización: tu obligación es pasar visita a TUS pacientes, y la parte proporcional de pacientes asignados de otros compañeros que correspondería en un día cualquiera (ej, salientes de guardia); pero los pacientes adscritos a UN HUELGUISTA no pueden ser vistos por otro, solo lógicamente si hay empeoramiento o necesidad de atención urgente, se encargaría quién tenga esa tarea urgente adscrita.
  4. En caso de que algún mando pretenda utilizar el subterfugio de que “TODO ES URGENTE”, habrá que atender la parte proporcional que ocupe tu tiempo de trabajo, y derivar a Servicios de Urgencias a otros pacientes, no porque sea lo deseable, sino porque resulta inasumible … y avisarnos, por supuesto.
  5. Los puestos singularizados (ej, “cardiología pediátrica”) deberían ser designados como mínimos si se quiere que presten asistencia. No pueden ser ejercidos por un compañero generalista de mínimos. Sin embargo, la inversa es cierta, un facultativo si puede prestar asistencia correspondiente a su categoría profesional (ej urgencias pediátricas o consulta general de pediatría). Aquí puede darse mucha “ingeniería de contrahuelga” en ciertos lugares donde por “tradición» cada cual se encarga de un puesto pero no están singularizados o donde las consultas no son nominales. Si se observan irregularidades, siempre es mejor que contactéis con nosotros.
  6. NO TIENES NINGUNA OBLIGACIÓN DE INFORMAR A NADIE DE TUS INTENCIONES DE HACER HUELGA. Si algunos mandos o direcciones programan en función de quienes probablemente se pongan en huelga y quienes no, no deberían tener esa información. El compañero no huelguista que se encuentra trabajando PUEDE CONSIDERAR DECLARARSE EN HUELGA EN CUALQUIER MOMENTO DE LA JORNADA. Para ello basta que se dirija a la Jefatura o a la Dirección para ser incluido como huelguista y abandonar su puesto. Eso si, se le descuenta el día COMPLETO, no la parte proporcional.
  7. El compañero designado mínimo que disponga de REDUCCIÓN DE JORNADA, se le designa por el tiempo de su jornada ordinaria (y/o guardia si corresponde) en idéntico horario al habitual. El que la tiene agrupada en días, como es por concesión graciable de la gerencia, dependerá del acuerdo y se establecerá individualmente con la dirección.
  8. El impacto se mide por el número de trabajadores que se ponen en huelga RESPECTO A LOS EFECTIVOS QUE PUEDEN SECUNDARLA. Si en un servicio con mínimos abusivos, ej 8 trabajadores en una plantilla de 10, si 2 se ponen en huelga el seguimiento es del 100%. De ahí las trampas estadísticas a la hora de presentar los datos.
  9. En una huelga prolongada, el éxito radica no solo en el número sino también en el efecto sobre los números de la gestión (estancia media, lista de espera) además del número absoluto de huelguistas. Por la propia dinámica de la huelga, si el trabajo al final lo va a hacer el mismo día otra persona tu impacto es menor que si tu ausencia implica anular trabajo.
  10. Por supuesto, ese día estarán a vuestra disposición TODOS NUESTROS DELEGADOS, NUESTRA ASESORÍA JURÍDICA Y EL COMITÉ DE HUELGA PARA CUALQUIER DUDA O INCIDENCIA. Podéis contactar con nosotros en cualquier momento a través de los canales habituales, en particular en nuestra sede en el 985253362, también por whatsapp en el 669854050.

Permaneced atentos a la página web y a nuestros canales de difusión.

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