PUBLICADO EN BOPA PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL CERTIFICADO NECESARIO PARA EL TÍTULO  DE ESPECIALISTA EN URGENCIAS. 

El pasado día 3 de julio se publicaba en el BOE el Real Decreto 610/2024 del 2 de julio, por el que se establece el título de Médico/a Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médico/a Especialista en Medicina Familiar y ComunitariCon él culminaba para muchos compañeros de Servicios de Urgencias la larga carrera para disponer de una  especialidad propia. En tal decreto se establecía la creación de la especialidad de Médico de Urgencias y Emergencias (MUE), la composición de los órganos asesores  y  los plazos para establecer  el  programa formativo de la especialidad, además del ámbito de trabajo. ES de esperar que las primeras plazas MIR se convoquen en 2026.

Mientras tanto, mientras se establece y se inicia la vía MIR, lo que se establece en la disposición adicional primera del RDL es una vía extraordinaria para el acceso al título, que permitirá obtenerlo directamente a aquellos que acrediten servicios prestados suficientes, o indirectamente, en el caso de no tener suficientes, por acceder a una prueba de capacitación (un examen, vaya) que se desarrollará dentro de un tiempo. El título se solicitará al Ministerio a través de su Sede Electrónica, pero para poder hacerlo hay que disponer previamente de un “Certificado de Ejercicio Profesional” (vamos, un tipo de certificado de Servicios prestados validado por la Consejería) que expedirá la Consejería de Salud.  El procedimiento por el que la Consejería de Salud de Asturias va a proporcionar  al interesado el Certificado de ejercicio profesional  se ha publicado en el BOPA de hoy 24 de julio en la Resolución de 15 de julio de 2024, de la Consejería de salud, relativa a la obtención del certificado previsto para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de urgencias y emergencias en la disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, del 2 de julio 

Muy resumidamente, para obtener este Certificado, aquellos que cumplan los requisitos marcados en el RD 610/2024 para el acceso extraordinario al Título tienen que seguir un procedimiento de dos pasos:

1) Solicitar a las Gerencias/Direcciones un “Documento de propuesta” que no es más que un certificado de servicios prestados, pero muy específico y concreto.  Puede solicitarse ya a las Gerencias de Area o, en caso de Centros Privados a las Direcciones/representantes de los mismos. El propio BOPA adjunta un modelo de solicitud. EL documento que se expida tiene que tener unas informaciones muy concretas sobre el tiempo e trabajo, fecha de acreditación unidades, etc, que también el BOPA proporciona un modelo para que se pueda verificar si está correctamente emitido. 

2)  Con el anterior, solicitar el “Certificado de Ejercicio Profesional” a la Consejería, que para entendernos es la “validación” a nivel de Consejería del Documento anterior. Para esta solicitud existen unos plazos concretos que se adecuan  a los del Ministerio.   Esta  solicitud de este Certificado se hará a través de Astursalud, al parecer de forma preferentemente  electrónica. Esta solicitud de Certificado aún no está operativa, habrá que esperar al menos unos días. 

Y finalmente, cuando la Consejería expida el Certificado de Ejercicio Profesional, habrá que ir en los plazos prefijados a la sede electrónica del Ministerio de Sanidad  y solicitar (sí, tercera solicitud), la expedición del título. Esta solicitud será exclusivamente electrónica, pro los eu recomendamos encarecidamente os hagáis con un acceso digital electrónico personal 

HEMOS REMITIDO A NUESTROS AFILIADOS POR EMAIL UN “TUTORIAL PARA LA OBTENCIÓN DE DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL ACCESO EXTRAORDINARIO AL TÍTULO DE MÉDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS”  DONDE ACLARAMOS TODOS ESTOS PUNTOS Y MUCHOS MÁS

¡¡ENHORABUENA A LOS COMPAÑEROS URGENCIÓLOGOS, YA SE INICIA EL CAMINO!!

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